Creación de empresas

Si desea crear una empresa deberá, en primer lugar, elegir la forma jurídica que mejor se adapte a su proyecto. El cuadro central recoge esquemáticamente las principales características de las formas de empresa más frecuentes.

Además, nuestro ordenamiento jurídico posibilita otras formas (Sociedad Colectiva, Sociedad Comanditaria: simple o por acciones, etc.)

 

  Empresario Indivual Comunidad de bienes Sociedad Cooperativa Sociedad Limitada Nueva Empresa Sociedad Limitada Sociedad Limitada Laboral Sociedad anónima
Personalidad Jurídica La del titular del negocio No tiene personalidad jurídica propia Propia Propia Propia Propia Propia
Capital mínimo El necesario para los primeros gastos El necesario para los primeros gastos El necesario para los primeros gastos Cap: min 3.012 máx. 120.202 € 3.005,06 € 3.005,06 € 60.101,21 €
Desembolso fundacional Sin límite Sin límite Mínimo 25% del capital Total del capital aportado Total del capital aportado Total del capital aportado Mínimo 25% del capital
Denominación Libre (nombre comercial) Libre con "C.B." Distinta a otra con "S.Coop." Los dos apellidos, nombre y un código, con "SLNE" Distinta a otra con "S.L." Distinta a otra con "S.L.L." Distinta a otra con "S.A."
Número de socios El empresario titular Mínimo de 2 Mínimo de 3 Mínimo 1, máximo 5 Mínimo de 1 Mínimo de 3 Mínimo de 1
Responsabidad frente a terceros Ilimitada Mancomunada y subsidiaria Limitada Limitada Limitada Limitada Limitada
Regulación legal Código de Comercio y Código Civil Código de Comercio y Código Civil (Artículos ARTS 392-406 y 1.665 al 1.708) Ley 27/1999 de 16 de julio y Ley 5/ 1998 de 18 de dic. (Galicia) Ley 7/2003 de 1 de abril Ley 2/ 1995 de 23 de marzo y Ley 19/1989 de 25 de jul. Ley 4/1997 de 24 de marzo y Ley 19/1989 de 25 de jul. Real Decreto Legislativo 1564 / 1989 de 22 de dic. y Ley 19/1989 de 25 de jul.
Utilidad Pequeñas empresas familiares o personalizadas Empresas pequeñas para trabajadores autónomos Para la utilidad común de los socios Pymes y micropymes Pymes y micropymes Participación mayoritaria o total de socios trabajadores Medianas y grandes empresas
Seguridad Social Régimen especial de autónomos Régimen especial de autónomos Los socios trabajadores: autónomos Régimen general o especial correspondiente Régimen general o régimen correspondiente Régimen general o régimen correspondient Régimen general o régimen correspondient
Tributación I.R.P.F. I.R.P.F. por la parte que corresponda a cada socio. Impuesto de Sociedades (Régimen especial) Durante los 2 primeros años pueden diferir el pago del ITPAJ y Sociedades Impuesto de Sociedades (25% sobre el Beneficio en PYMES) Impuesto de Sociedades (25% sobre el Beneficio en PYMES) Impuesto de Sociedades (25% sobre el Beneficio en PYMES)

Legislación básica

  • Ley de Sociedades Anónimas, de 22 de diciembre de 1989 (BOE 27-XII-1989)
  • Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada, de 23 de marzo (BOE 24-III-1995)
  • Reglamento del Registro Mercantil de 19 de Julio de 1996
  • Ley 19/1989 de 25 de julio de la Reforma Parcial y Adaptación de la legislación mercantil de las Directivas de la UE, en materia de sociedades (BOE 27-VII-1989)
  • Ley 7/2003 de 1 de abril de la Sociedad Limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/95 del 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Plan FoexgaVigo Bussiness ReviewPlan PIPECamerfirmaBolsa de Subcontratación IndustrialMasPymeVigo Red Genera Certificado de Calidad ISO 9001 y 14001

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